DÉJESE, sin efecto a contar desde el día 04 de enero del 2021, la resoluciones:
- N° 09/2020, de fecha 18 de marzo del año 2020,
- N° 11 de fecha 24 de marzo de 2020,
- N° 14 de fecha 01 de abril de 2020, la cual disponía la prorroga los efectos de las resoluciones n° 09 y 11.
DISPÓNGASE, a contar del 04 de enero del año 2021, que en razón de la emergencia sanitaria quedan eximidos de asistir a trabajar de manera presencial, las mujeres que se encuentran en estado de gravidez (embarazadas); respecto a las personas con enfermedades crónicas, deberán remitir toda la documentación pertinente al Departamento de Recursos Humanos, a fin de acreditar dicha condición, debiendo a su vez este Departamento remitirlos al Departamento de Salud de CORMUDESI, a fin de ser evaluado por esta repartición, quien debería autorizar la eximición del trabajador para prestar funciones de manera presencial.
INFÓRMESE, a los trabajadores de esta Corporación, que a contar del 04 de enero del año 2021, todas las personas que no se encuentran en la situaciones de eximentes señaladas anteriormente, deberán cumplir con sus funciones en su lugar de trabajo de manera presencial.
NOTA: Para leer la resolución completa, click en el siguiente enlace.